DECOMISOS
Las resoluciones administrativas 001/04 y 004/04 otorgan a la Guardia Municipal la facultad de decomisar mercadería luego de dos anotaciones preventivas.
Los decomisos realizados la primera vez permanecen en custodia de la Guardia Municipal durante 15 días hábiles. La mercancía decomisada por segunda vez permanece en custodia por 45 días hábiles. Si el comerciante incurre en alguna otra falta por tercera vez, los productos decomisados permanecen en custodia por 90 días hábiles.
Después de los 90 días y en caso de que el afectado no recoja el producto decomisado, el Gobierno Municipal de La Paz podrá disponer de dichos artículos para beneficio de la sociedad.
Respecto a los productos perecederos, hablamos de frutas o verduras, la legislación municipal determina que ésta mercancía será decomisada por ocho horas. Pasado este tiempo, dichos productos perecederos son distribuidos en albergues legalmente establecidos.
La Guardia Municipal no devuelve las bebidas adulteradas o sin registro sanitario, discos compactos de películas de estrenos, de música nacional o de cualquier producto relacionado a la pornografía. Dichos productos son destruidos con orden fiscal.
Todo decomiso se realiza previa entrega de un recibo a la persona afectada, todos los productos son registrados en la unidad de Almacenes, con fecha, hora, cantidad y tipo de producto decomisado.
DESTRUCCIONES
El Código Penal Boliviano, en su Art. 216º, tipificada como delito contra la salud publica, el comercio de sustancias nocivas a la salud o bebidas y alimentos mandados a inutilizar, bajo sanción de privación de libertad de uno a diez años.
La Guardia municipal tiene como competencia proceder a la destrucción sin derecho a compensación alguna para los infractores, productos que atenten contra la propiedad intelectual (industrial y derechos de autor), también denominados "pirata", consistentes en material fonográfico (discos compactos y casetes), material audiovisual (VHS, DVD, VCD, etc.), material literario (publicaciones variadas) y software sin licencia; así mismo productos falsificados, adulterados tales como bebidas alcohólicas, cigarrillos, ropa, cosméticos, etc. productos de consumo humano o animal que generen o puedan generar condiciones patológicas de cualquier naturaleza, así como productos destinados al cultivo vegetal que generan o puedan generar alteraciones genéticas (vencidos, adulterados, tóxicos, etc)