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Licencia de Funcionamiento para Locales de Expendio de Alimentos y Bebidas Alcohólicas 
+ Resumen   

 

¿En que consiste?
Corresponde a la solicitud expresa realizada al Gobierno Municipal de La Paz para la obtención y otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento (municipal) para el establecimiento y funcionamiento de actividades económicas; en el marco de lo dispuesto por el conjunto de normas jurídicas y administrativas que regulan específicamente la apertura y el funcionamiento de locales de expendio de alimentos y bebidas alcohólicas.

Instancia Responsable:
Subalcaldías distritales a través de la Unidad de Desarrollo Humano y Unidad de Fiscalización Integral.

Tiempo de Duración:
20 días hábiles.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que…

Existen condiciones generales que  debe cumplir el establecimiento según la categoría a la que corresponda.

Marco Legal:

 • Ordenanza Municipal Nº 363 del 5 de Septiembre del 2006.
 • Ordenanza Municipal Nº 178 del 26 de Mayo del 2006.
 • Ordenanza Municipal Nº 606 del 8 de Diciembre de 1994.


 

+ Requisitos   

 

1. Formulario único de empadronamiento y solicitud de licencia de funcionamiento para establecimientos de expendio de alimentos y/o bebidas alcohólicas.
2. Cédula de identidad del titular o representante legal (original y fotocopia).
3. NIT o Certificado de Inscripción (original y fotocopia).
4. Última factura de luz del local (original y fotocopia).
5. Documento que acredite derecho propietario del inmueble en caso de que sea propio o contrato de arrendamiento/anticresis con consentimiento del propietario para el funcionamiento de la actividad solicitada (original y fotocopia).
6. Certificación acústica emitida por la Dirección de Calidad Ambiental del GMLP.
7. Certificación de una de las empresas habilitadas e inscritas en la Superintendencia de Hidrocarburos para instalaciones de gas natural, cuando corresponda.
8. Plano de instalación eléctrica con firma del profesional responsable y visado por el Colegio Ingenieros, para establecimientos con superficie mayor a 100mts2.

Cuando se trate de persona jurídica:

9. Fotocopia del testimonio de constitución de sociedad.
10. Fotocopia del poder notariado del representante legal.

Nota: 

  • La Documentación debe ser presentada en el orden definido, en un fólder con sujetador.
  • Todos los documentos originales presentados serán devueltos inmediatamente verificada la fidelidad de las fotocopias.
+ Pasos

 

 

PASO

¿DONDE?

¿QUÉ HACE USTED?

¿QUÉ HACEN POR USTED?

 

1.
Solicitud de
información y formulario.


 

 

En la plataforma Sitr@m de las Subalcaldías distritales.

 

  • Solicita información sobre la obtención de la licencia de funcionamiento.
  • Recaba el Formulario de Empadronamiento y solicitud de licencia de funcionamiento para establecimientos de expendio de alimentos y/o bebidas alcohólicas.

 

 

  • Le entregan el formulario y le informan sobre los requisitos y pasos del trámite.

 

2.
Inicio del
trámite.
Inicio formal de trámite.

 

 
En la plataforma Sitr@m de las Subalcaldías distritales.

 

  • Entrega toda la documentación solicitada.

 

  • Revisan la documentación presentada y los datos llenados en el formulario.
  • Si no existen observaciones ni multa por incumplimiento a deberes formales, registran el trámite en el Sitr@m, le entregan la contraseña y le programan día y hora de inspección.
  • En caso de existir observaciones se devuelve la documentación al interesado y no se inicia el trámite.

 

 

3.
Inspección.


 

 

En el establecimiento donde funcionará la actividad económica.

 

  • Participa con el inspector designado en la inspección de su establecimiento.

 

  • En un plazo no mayor a 5 días hábiles, después del inicio formal del trámite, el inspector verifica el cumplimiento de las condiciones previstas para la categoría solicitada y los datos técnicos del establecimiento, declarados en el formulario.

 

4.
Fin del trámite.


En las Subalcaldías distritales - plataformas Sitr@m que corresponda.

 

  • Si la solicitud es procedente, firma la constancia de recepción y recoge la licencia de funcionamiento.
  • Si la solicitud es improcedente, recoge su Resolución Administrativa de rechazo.

 

  • Le entregan la licencia de funcionamiento.
  • En caso de rechazo le notifican con Resolución Administrativa de rechazo.