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Aprobación de Planos de Fraccionamiento en Propiedad Horizontal 
+ Resumen   

 

¿En que consiste?
Obtención de autorización (aprobación) del fraccionamiento de edificios y/o condominios construidos bajo el régimen de Propiedad Horizontal en propiedades de uso común y privado, para su codificación individual en la Dirección de Información Territorial (Catastro).

Existen 2 tipos de aprobación de fraccionamiento en propiedad horizontal:

a) Edificios que cuentan con planos arquitectónicos aprobados hasta diciem-  bre de 1979.
b) Edificios que cuentan con planos arquitectónicos aprobados a partir de   enero de 1980.
 
Instancia Responsable:
Subalcaldías distritales a través de la Unidad de Administración Territorial (UAT).

Tiempo de Duración:
15 días hábiles.
 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que…

1. Para edificios que cuentan con planos aprobados a partir de enero de 1980. las 2/3 partes de todos los copropietarios deben estar de acuerdo con el fraccionamiento de propiedad horizontal.

Marco Legal:

 •Reglamento de Usos del Suelo y Patrones de Asentamiento (USPA     Vigente).
 •Guía Técnica de Orientación de Trámites DAT - (Resolución     Administrativa Nº 323/2006).


 

+ Requisitos   

 

Edificios que cuentan con planos arquitectónicos aprobados hasta diciembre de 1979.

1. Formulario de administración territorial (FAT).
2. Original y fotocopia de cedula de identidad del propietario (o representante).
3. Testimonio de propiedad (original y fotocopia).
4. Folio Real o tarjeta de propiedad (original y fotocopia).
5. Planos de fraccionamiento, 1 juego original, 2 juegos de copia, firmados por el arquitecto proyectista y propietario.
6. Planos arquitectónicos en formato digital (CD - autocad protegido en caja, rotulado), incluyendo un láyer de polígonos cerrados con el cálculo de superficies.
7. Copia legalizada de planos arquitectónicos. 

Edificios que cuentan con planos arquitectónicos aprobados a partir de enero de 1980.

1. Formulario de administración territorial (FAT).
2. Original y fotocopia de cédula de identidad del propietario (o representante).
3. Testimonio de propiedad (original y fotocopia).

4. Folio real o tarjeta de propiedad (original y fotocopia).
5. Tabla general y planos individuales de fraccionamiento, 1 juego original y 2 juegos de copia, firmados por el arquitecto proyectista y propietario, visados por el Colegio de Arquitectos de acuerdo a formato definido por el GMLP.
6. Tabla general y planos individuales de fraccionamiento en formato digital (CD - autocad protegido en caja, rotulado), incluyendo un láyer de polígonos cerrados con el cálculo de superficies.
7. Copia legalizada de planos arquitectónicos aprobados por el GMLP.
8. Copia de planos sanitarios, firmados por un ingeniero sanitario y visados por el Colegio de Ingenieros Civiles.
9. Copia de planos eléctricos, firmados por un ingeniero eléctrico y visados por el Colegio de Ingenieros Civiles.

A partir de la quinta planta adjuntar:

1. Copia de planos estructurales firmados por un ingeniero civil y visados por el Colegio de Ingenieros Civiles.
2. Copia del contrato con la empresa proveedora de ascensores.

Nota: 

  • La Documentación debe ser presentada en el orden definido, en un fólder con sujetador.
  • Todos los documentos originales presentados serán devueltos inmediatamente verificada la fidelidad de las fotocopias.

 

+ Pasos

 

 

 PASO

¿DONDE?

¿QUÉ HACE USTED?

¿QUÉ HACEN POR USTED?

 

1.
Solicitud de información
y formulario.

 

En Subalcaldías distritales - Unidad de Administración Territorial.

 

Solicita verbalmente el
formulario de administración territorial (FAT) o lo imprime de la página web del GMLP.

 

Le entregan el formulario y le informan sobre los requisitos y pasos del trámite.

 

2.
Verificación previa de la documentación por los técnicos de la Unidad de Administración Territorial (UAT) de las Subalcaldías distritales.

 

En la Unidad de Administración Territorial (UAT), de las Subalcaldías distritales.

 

 

Entrega toda la documentación solicitada.

 

Revisan la documentación presentada y los datos llenados en el formulario FAT.
En caso de no tener observaciones el servidor público de la UAT da el visto bueno para el ingreso del trámite por Sitr@m.
En caso de existir observaciones se devuelve la documentación al interesado.

 

 

3.
Inicio del trámite.
Con la presentación de requisitos y el visto bueno del técnico de la UAT.

 

 

En Subalcaldías distritales - en la plataforma Sitr@m que corresponda.

 

Entrega toda la documentación solicitada.

 

Registran el trámite en el Sitr@m y le entregan la contraseña.

 

4.
Programación de día y hora de
la inspección.

 

 

En las Subalcaldías distritales - Unidad de Administración Territorial.

 

Coordina día y hora para la inspección con el arquitecto designado o recoge su documentación en caso de que exista observación (*).

 

 
El arquitecto designado coordinará con su persona, día y hora para la inspección en el sitio, en un plazo no mayor a 2 días hábiles.
En caso de existir observaciones a la documentación presentada, elaboran informe de rechazo en el FAT y devuelven todos sus documentos.

 

 
5.
Inspección.

 

En el sitio.

 

Participa con el arquitecto designado en la inspección de su predio.

 

 

Verifican que su predio y la documentación cumplan con la normativa vigente.

 

6.
Resultado de la
inspección.

 

En las Subalcaldías distritales -Unidad de Administración Territorial

 
Averigua el resultado, 5 días después  de la inspección.

 

 En caso de existir observaciones en la inspección, elaboran el informe de rechazo en el FAT y le devuelven todos sus documentos.
En caso de no existir observaciones se continúa con el siguiente paso.

 

 
7.
Recabado de la orden de pago y llenado del formulario FUM.

 

 
En las Subalcaldías distritales - Unidad de Administración Territorial y Centro Administrativo Financiero respectivamente.

 

Presenta la contraseña de inicio del trámite.

 

Elaboran el informe de aprobación de fraccionamiento y le informan sobre el monto a pagar por concepto de la aprobación.
Llenan el formulario FUM (Formulario Único Municipal).

 

 

8.
Pago por la aprobación de planos de fraccionamiento.

 

 

Agencias bancarias, en la planta baja y piso 1, edif. ex Banco del Estado o en cualquier entidad bancaria o financiera autorizada.

 

 Paga el importe.

 
Le entregan el original y copia del FUM pagado (sellado y firmado).

 

9.
Elaboración y emisión de la Resolución Administrativa.

 

 

En las Subalcaldías distritales a través de la Unidad de Asesoria Legal.


 

 

 
Entrega el FUM pagado (original y fotocopia).

 

Elaboran y emiten Resolución Administrativa que aprueba el fraccionamiento.

 

10.
Fin del trámite.

 

En las Subalcaldías distritales - plataformas Sitr@m
 que corresponda.

 

Presenta la contraseña de inicio del trámite.

 

Le entregan una copia original del FAT, planos de fraccionamiento aprobados originales y una copia original de la Resolución Administrativa.