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Atlas del municipio de La Paz
 
Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles de acuerdo a valor libros (personas jurídicas) 
+ Resumen   

 

¿En qué consiste?
Los sujetos pasivos-personas jurídicas deben presentar los estados financieros declarados en Impuestos Nacionales, que contiene la valuación realizada con respecto a los bienes que integran sus activos fijos, en la forma, medios, plazos y lugares establecidos por la administración tributaria del Gobierno Municipal de La Paz.

Instancia responsable:
Unidad Especial de Recaudaciones, a través del Área de Ingresos Tributarios.

Tiempo de Duración:
Dependiendo del número de inmuebles registrados.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que…
1. La Unidad Especial de Recaudaciones emite anualmente una Resolución Administrativa señalando los plazos para la presentación de los documentos para la inserción de la base imponible, con el cual se determina el monto del pago del impuesto anual según valor en libros, plazo que una vez vencido genera la imposición de multas y sanciones por incumplimiento a deberes formales.
2. Usted puede encontrar la Resolución Administrativa en el portal del GMLP www.lapaz.bo, emitida entre los meses de febrero o marzo. Evite retrasos, y multas presentando su documentación en los plazos establecidos.

Marco Legal:

 • Ley de Reforma Tributaria Nº 843, Arts. 52º al 63º.
 • Código Tributario, Ley Nº 2492, Arts 59, 66º y 70º.
 • Decreto Supremo Nº 24051, Art. 37º.
 • Resolución Suprema emitida cada gestión.
 • Resolución Administrativa, emitida anualmente por la administración     tributaria del GMLP.


 

+ Requisitos   

 

Para iniciar su trámite. Paso 1.
1. Carta de solicitud dirigida a jefe de la Unidad de Especial de Recaudaciones.
            Ref: Solicitud de liquidación impuesto a la propiedad de bienes                      inmuebles de  acuerdo a valor libros (especificando el nº del  bien inmueble).
2. Estados financieros gestión anterior (balance, estado de cuenta activos   fijos,  auditados si corresponde).
3. Cuadro de depreciación al 31 de diciembre de la gestión.
4. Multa por incumplimiento a deberes formales (si aplica).

 

+ Pasos

 

 

 PASO

¿DONDE?

¿QUÉ HACE USTED?

¿QUÉ HACEN POR USTED?

 

1.
Inicio del trámite.
Presentación de requisitos.

 

 

Plataforma de atención al público SITR@M, calle Mercado, edif. ex Banco del Estado.

 

 

Entrega en fólder, toda la documentación solicitada conforme a los plazos establecidos en la resolución administrativa.

 

 

  • Recepcionan la documentación presentada.
  • Registran el trámite en el SITR@M.
  • Le entregan nota de 
    recepción para su seguimiento.
 

2.
Procesamiento de
información.

 

 


Plataforma de atención al contribuyente del área de Ingresos, piso 1, edif. ex Banco del Estado.

 

 

 

  • Procesan la información en el sistema para generar pro forma de pago.       
 
3.
Fin del trámite.
Entrega de la
pro forma.

 

 

Plataforma de atención al contribuyente del área de Ingresos, piso 1, edif. ex Banco del Estado.

 

Solicita con el Nº de hoja de ruta la pro forma de pago del impuesto y firma la hoja de ruta como constancia de entrega.

 

 

  • Imprimen y le entregan la pro forma del pago del impuesto, para que proceda a la cancelación del mismo.