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Prescripción de Impuestos de Bienes Inmuebles 
+ Resumen   

 

¿En qué consiste?
Extinción de la responsabilidad tributaria por transcurso del tiempo establecido por ley y la inacción de la Administración Tributaria.

Instancia responsable:
Unidad Especial de Recaudaciones, a través del Área de Ingresos Tributarios- Inmuebles.

Tiempo de duración:
30 días hábiles.

Marco Legal:

 • Código Tributario, Ley Nº 2492, Art. 59º a 62º
 • Antiguo Código Tributario Ley Nº 1340, Arts. 52º a 57º.
 • D.S. 27310 Cap. IV Disposiciones Transitorias.


 

+ Requisitos   

 

1. Formulario de solicitud de trámite.
2. Cédula de identidad del contribuyente (fotocopia).
3. Comprobante del último impuesto pagado (fotocopia).

+ Pasos

 

 

 PASO

¿DONDE?

¿QUÉ HACE USTED?

¿QUÉ HACEN POR USTED?

 

1.
Inicio del trámite.
Presentación de requisitos.

 

 

Plataforma de atención al público SITR@M, calle Mercado, edificio ex Banco del Estado.

 

Entrega, en fólder, toda la documentación solicitada.

 

  • Recepcionan la 
    documentación presentada.
  • Registran el trámite en el SITR@M.
    Le entregan nota de recepción para su seguimiento.

 


2.
Procesamiento de la información.

 

 

Dependencias de la Unidad Especial de Recaudaciones (Asesoría Legal, Plan de Pagos, Asesoría Unidad).

 
Entrega toda la documentación solicitada.

 

  • Verifican que la solicitud
    se encuentre enmarcada en disposiciones tributarias, de
    ser así procesan en el sistema.
  • Entregan pro forma de pago.