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Atlas del municipio de La Paz
 
Rectificaciones y/o modificaciones de datos del Bien Inmueble 
+ Resumen   

 

¿En qué consiste?
Cambios realizados al registro del Padrón Municipal del Contribuyente, por errores, omisiones o actualizaciones, en los datos personales del contribuyente y/o datos técnicos del inmueble, registrado y codificado en la base de datos tributarios del Gobierno Municipal de La Paz.

Instancia responsable:
Unidad Especial de Recaudaciones, a través del Área de Ingresos Tributarios.

Tiempo de duración:
20 minutos (promedio) en ventanilla de atención al contribuyente, en caso de no requerir inspección técnica.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que…

1. Las modificaciones requeridas para su bien inmueble deben estar respaldadas por documentos con valor técnico y legal.
2. En caso de no contar con los requisitos del punto 2 subsiguiente, deberá solicitar una inspección predial.

Marco Legal:

 • Ley de Reforma Tributaria Nº 843, Arts. 52º al 63º.
 • Código Tributario, Ley Nº 2492 Arts. 59, 78º y 70 inc 2).

 

+ Requisitos   

 

Para iniciar su trámite. Paso 1.

1. Cédula de identidad (original y fotocopia).
2. Documentos que acrediten la rectificación y/o modificación de los datos  técnicos solicitados, como ser:
 - Certificado catastral (original y fotocopia).
 - Plano de construcción.
 - Plano de fraccionamiento, en casos de propiedad horizontal.
 - Documentos de cesión de áreas.
 - De afectación de inmuebles, certificación acerca de vías de acceso u otros.
3. Comprobante del último impuesto pagado (fotocopia).
4. Testimonio de propiedad (fotocopia).
5. Tarjeta de propiedad o Folio Real (fotocopia).

Para continuar su trámite. Paso 2.

6. Firma del formulario 402  "Altas y Modificaciones al Padrón".

+ Pasos

 

 

 PASO

¿DONDE?

¿QUÉ HACE USTED?

¿QUÉ HACEN POR USTED?

 

1.
Inicio del trámite.
Presentación
de requisitos.
 

 

Ventanilla de atención al contribuyente del área de Ingresos, piso 1, edif. ex Banco del Estado.

 

 

Presenta toda la documentación requerida.
 

 

  • Revisan la documentación
    presentada.

 

2.
Procesamiento de
información.

 

Ventanilla de atención al contribuyente del área de Ingresos, piso 1, edif. ex Banco del Estado.

 

Firma el formulario 402, previa revisión.

 

  • Procesan la información 
    en el sistema.
  • Llenan el formulario 402  y le entregan el talón del formulario para su control.
  • Emiten pro forma de pago a partir de las 
    rectificaciones.

 

3.
Fin del trámite.
Pago de pro forma.

 

 

Cualquier entidad bancaria,  financiera autorizada o agencias bancarias, en la PB y piso 1 del edif. ex Banco del Estado.            

 

Paga el importe establecido en la pro forma de pago por la rectificación realizada (si corresponde).

 

  • Le entregan el comprobante
    de pago debídamente
    sellado en la cara principal
    del mismo.