¿En que consiste?
Solicitud expresa presentada por el interesado para la extensión de certificación de los datos del fallecimiento de una persona cuyos restos fueron inhumados en el Cementerio General de la ciudad, la certificación incluirá datos relativos al lugar, fecha y causas del deceso y los datos de registro de deceso. (libro, folio y partida registrados por el Oficial de Registro Civil).
El Certificado de Óbito es un documento emitido por la Administración del Cementerio General que contempla a detalle datos consignados en el pase de inhumación*.
Instancia responsable:
Cementerio General
Tiempo de duración:
1 día hasta el recojo del Certificado
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que…
• Si los restos no se encuentran en el Cementerio General no es necesario presentar el pago de tasas.
• La solicitud de Certificado de Óbito anterior al año 1980 no es necesaria la presentación del comprobante de pago de revalidación o tasas.
• Tratándose de terceros interesados debe adjuntarse una Orden Judicial emitida por autoridad competente.
• El pase de inhumación es un documento que otorga el Oficial de Registro Civil inmediatamente después de practicada la inscripción de defunción, y es exigido por el cementerio para dar sepultura al cadáver y los datos contemplados en el mismo no pueden ser modificados sinopor la Corte Departamental Electoral.
• Podrán solicitar el Certificado de Óbito familiares en línea directa y línea colateral (1er y 2do grado).
Marco Legal:
• Ordenanza Municipal GMLP Nº 165/2004.