¿En qué consiste?
Los sujetos pasivos - personas jurídicas (empresas) deben declarar los sistemas o procedimientos de valuación que hayan seguido con respecto a los bienes que integran sus activos fijos de vehículos, en la forma, medios, plazos y lugares establecidos por la Administración Tributaria del Gobierno Municipal de La Paz.
Instancia responsable:
Unidad Especial de Recaudaciones, a través del Área de Ingresos Tributarios - Vehículos.
Tiempo de duración:
Dependiendo del número de registros que requiera el contribuyente.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que…
1. La Unidad Especial de Recaudaciones emite anualmente una Resolución Administrativa señalando los plazos para la presentación de los documentos para el pago del impuesto anual, según valor en libros, plazo que una vez vencido genera la imposición de multas y sanciones por incumplimiento a deberes formales.
2. Usted puede encontrar la Resolución Administrativa en el portal del GMLP www.lapaz.bo.
3. Evite retrasos, y multas presentando su documentación en los plazos establecidos.
Marco Legal:
• Ley de Reforma Tributaria Nº 843, Artículos 58 al 63º.
• Código Tributario Ley Nº 2492, Artículos. 66º y 70º.
• Decreto Supremo Nº 24051, Art. 37º.
• Resolución Administrativa, emitida anualmente por la Administración Tributaria del GMLP.